Autorización de residencia para teletrabajadores de carácter internacional

Reside en España mientras trabajas en remoto para el extranjero

¿Para quién es?

La autorización para teletrabajadores de carácter internacional permite residir en España mientras trabajas en remoto para empresas o clientes situados fuera del país. Se tramita bajo la normativa específica para profesionales internacionales y exige acreditar ingresos, relación profesional real y cualificación adecuada.

Estrategia jurídica adaptada a movilidad empresarial internacional.

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Beneficios

Aspectos clave que aporta este trámite a su situación legal.

Vía específica para profesionales digitales internacionales.

Encaje jurídico conforme a límites de facturación en España.

Planificación financiera alineada con los umbrales legales.

Gestión integral ante la autoridad competente hasta resolución.

Requisitos

01

Acreditar relación laboral o profesional con empresa extranjera o clientes fuera de España.

02

Demostrar ingresos mínimos conforme a la normativa vigente.

03

Acreditar cualificación profesional o experiencia suficiente.

04

Carecer de antecedentes penales y contar con seguro médico válido.

Un proceso claro, sin incertidumbre

Desde la primera consulta hasta la resolución, nos encargamos del proceso.

Paso 1

Análisis de viabilidad

Revisamos contratos, actividad y límites legales para confirmar que encajas en el régimen aplicable.

Paso 2

Preparación documental

Organizamos contratos, certificados de ingresos y pruebas de cualificación profesional.

Paso 3

Presentación y seguimiento

Tramitamos ante la autoridad competente, controlamos plazos y gestionamos visado si procede.

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¿No lo tiene claro?

Abogados y expertos migratorios evaluarán su situación y le orientarán personalmente

Errores comunes

No acreditar ingresos suficientes conforme a los umbrales exigidos.

Facturar mayoritariamente a clientes en España sin cumplir límites legales.

Errores en contratos o falta de prueba de relación profesional.

Confundir esta vía con residencia no lucrativa u otras figuras.

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Preguntas frecuentes

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