Estancia de corta duración como turista

Viaja a España por turismo o visita sin residencia

¿Para quién es?

La estancia de corta duración permite permanecer en España por turismo, visita familiar o actividades no lucrativas dentro del límite legal de días. No autoriza a trabajar ni residir. Es esencial cumplir requisitos de entrada, medios económicos y justificación del motivo del viaje para evitar inadmisiones.

Evaluación preventiva de riesgos de denegación en aeropuerto.

Beneficios

Aspectos clave que aporta este trámite a su situación legal.

Claridad sobre límites legales de estancia.

Revisión preventiva de requisitos de entrada.

Análisis de riesgo de inadmisión en frontera.

Orientación documental antes del viaje.

Requisitos

01

No superar el periodo máximo permitido de estancia.

02

Acreditar medios económicos suficientes.

03

Justificar motivo del viaje y alojamiento.

04

No tener prohibición de entrada vigente.

Un proceso claro, sin incertidumbre

Desde la primera consulta hasta la resolución, nos encargamos del proceso.

Paso 1

Evaluación previa del caso

Revisamos tu situación migratoria y posibles riesgos antes de viajar.

Paso 2

Preparación documental

Te indicamos qué documentos llevar para acreditar motivo, medios y alojamiento.

Paso 3

Asesoramiento en frontera

Orientamos sobre derechos y obligaciones ante control de entrada.

¿No lo tiene claro?

Abogados y expertos migratorios evaluarán su situación y le orientarán personalmente

Errores comunes

Intentar trabajar como turista.

No poder justificar alojamiento o medios económicos.

Tener antecedentes o prohibición de entrada sin analizar.

Superar el límite de días permitidos.

Preguntas frecuentes